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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.creatorBuñay Cuyo, Myrian del Rocío-
dc.date.accessioned2024-04-10T01:27:14Z-
dc.date.available2024-04-10T01:27:14Z-
dc.date.issued2024-
dc.identifier.citationBuñay, M. (2024). La víctima frente al fenómeno de la corrupción. Caso Sobornos (Tesis de maestría). Universidad de las Américas, Quito.es_ES
dc.identifier.otherUDLA-EC-TMDPCC-2024-02-
dc.identifier.urihttp://dspace.udla.edu.ec/handle/33000/15800-
dc.description.abstractSe puede decir que la víctima, encuentra eco en gran medida, cuando es resarcida o reparada respecto del daño causado por el sentenciado, dicha reparación aparece desde épocas remotas, pero se hace mucho más evidente a raíz del holocausto ocurrido en la segunda guerra mundial, cuyo resultado nefasto es el escenario de la aplicación de una justicia que pretenda reparar el daño ocasionado, denominado también ius post bellum, procura restaurar aquellas violaciones que padecieron poblaciones inmersas en aquel conflicto. En materia penal, se ha dejado el tema inquisitivo fuera del plano jurídico, se ha procurado aplicar un sistema acusatorio, puesto que se pretende ver en actividad a las partes, se ha limitado la actividad del juez, quien no debe y no puede promover la práctica de diligencias en la prosecución de la causa, quien deberá establecer una resolución una vez que haya valorado las pruebas, aplicando la justicia retributiva normado en el Código Orgánico Integral Penal. Un sistema de restauración en materia penal implica no solo la imparcialidad con la que pueda actuar el Juez, sino pende del acuerdo de las partes quienes deben actuar con absoluta observancia del ordenamiento jurídico penal, cuyo fin es el de promover una cultura de restauración y evitar que proliferen los delitos comunes, pero respecto de aquellos delitos complejos tales como; la eficiente administración pública o que afecten a los intereses del Estado, delitos contra la inviolabilidad de la vida, integridad y libertad personal con resultado de muerte, delitos contra la integridad sexual y reproductiva y delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar haciendo énfasis en el delito de COHECHO, que es el delito que se analizará, delitos que no son susceptibles de la aplicación de una justicia restaurativa, pero que podrían tener cabida en una justicia mucho más amplia que responda a aquellas vulneraciones de los derechos humanos. Se considera que para este tipo de delitos complejos no es aplicable una justicia restaurativa, sino únicamente aplica una justicia retributiva. En este tipo de delitos complejos se debería permitir la adopción de mecanismos alternativos, pero con la novedad de que es necesario sacar a relucir la verdad del ilícito cometido en todo su contexto y realizar un seguimiento de las instituciones en dónde se preparó y perpetró el acto ilícito, la Corte Interamericana de Derechos Humanos mediante sus fallos ha sido el vector en la aplicación de reparaciones en materia penal, recordando desde luego que en este campo se procura sancionar conductas penalmente relevantes, jurídicamente reprochables y resultado de aquello se impone las sanciones, pero a la data la combinación de una justicia retributiva y restaurativa no han dado respuesta a aquellos delitos que debilitan la paz y la democracia de un estado. Se considera que a partir del año 2014 en el Código Orgánico Integral Penal se introdujo, de forma expresa la justicia restaurativa, que propende por la restauración respecto de los delitos comunes. En el caso SOBORNOS, conforme la sentencia emitida por la Corte Nacional de Justicia, el estado fue la víctima, considerando que los funcionarios públicos en un número de veinte y uno, que pertenecían a las altas esferas políticas fueron sentenciados, quienes en un mínimo número han cumplido lo ordenado en sentencia, entonces qué es lo que consiguió el estado de la sanción impuesta. La respuesta podría ser que estos actos cohecho no se los puede volver a cometer, pero sin lugar a duda a la data se están investigando posibles conductas ilícitas, que posiblemente proliferaron en las altas esferas de poder del estado, entonces acaso el estado estará fracasando en su misión. El statu quo, no se lo puede mantener, el sistema de justicia está perdiendo peso frente al poder que detenta el ejecutivo y la falta de independencia del que carecen los poderes del estado, acaso esto ha generado incertidumbre en la población. La aplicación holística de otro tipo de justicia en este caso la justicia transicional podría tomar fuerza en el sistema de justicia y cuán preparado está el sistema de justicia para adoptarla. Esta obra pretende traducir la necesidad de adoptar un tipo de justicia, que permita una investigación integral de aquellas conductas ilícitas, que pretenda la ejecución de las sanciones y que no se posterguen por la falta de respuesta de los sentenciados, pues hasta podrían permitirse la aplicación de medidas alternativas, siendo el hilo conector con la víctima, pues con un procedimiento ágil y sencillo podría suceder la ejecución de la reparación en beneficio de una sociedad que pierde credibilidad en el sistema de justicia. El Primer capítulo procura analizar la conceptualización del sujeto pasivo y la forma de cómo lo concibe el Código Orgánico Integral Penal. El segundo capítulo devela cómo la victimología busca mejorar la situación del sujeto pasivo y la actividad oficiosa que debe cumplir a fin de esclarecer los hechos y propender a la ejecución de la sentencia. En el tercer capítulo al ser el estado la víctima respecto del delito de COHECHO Caso Sobornos podremos inferir que pese a que existió celeridad en el procesamiento, juzgamiento y resolución hasta la data no existe la ejecución integral de la sentencia. Respecta de las conclusiones se deja entre ver que la justicia retributiva y restaurativa no han sido suficientes para atender aquellos delitos complejos, pues se necesita una justicia transicional que permita un tratamiento adecuado para el sentenciado y la víctima, pues ni uno ni otro están atendidos, permitiendo la reincidencia de aquellas conductas penalmente relevantes.es_ES
dc.format.extent50 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito: Universidad de las Américas, 2024es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ec/*
dc.subjectFENÓMENO DE LA CORRUPCIÓNes_ES
dc.subjectFENÓMENO DE LA CORRUPCIÓNes_ES
dc.subjectREPARACIÓN DE DAÑOSes_ES
dc.subjectDERECHO PENALes_ES
dc.titleLa víctima frente al fenómeno de la corrupción. Caso Sobornoses_ES
dc.typemasterThesises_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Penal con Mención en Criminalidad Compleja

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