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Tipo de material : masterThesis
Título : Los límites de la formalidad condicionada en la actividad probatoria de la acción de protección
Autor : Vallejo Pérez, Roger Andrés
Fierro Jarrín, Susana Gabriela
Palabras clave : FORMALIDAD CONDICIONADA;ACTIVIDAD PROBATORIA;ACCIÓN DE PROTECCIÓN;GARANTÍAS JURISDICCIONALES
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Quito: Universidad de las Américas, 2022
Citación : Vallejo, R.; Fierro, S. (2022). Los límites de la formalidad condicionada en la actividad probatoria de la acción de protección (Tesis de maestría). Universidad de las Américas, Quito.
Resumen : El tema del ensayo académico es los límites de la formalidad condicionada en la actividad probatoria de la acción de protección. El artículo 88 de la Constitución introdujo en el sistema jurídico ecuatoriano a la acción de protección como una garantía jurisdiccional. El trámite de las garantías jurisdiccionales está establecido en el artículo 86 de la Constitución. El artículo 169 de la Carta Magna establece que no se sacrificará justicia por la sola omisión de formalidades. El artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional LOGJCC establece los principios procesales, concretamente el numeral 7 establece el principio de formalidad condicionada. Para Ávila y Ochoa 2021, la formalidad condicionada, en materia constitucional, implica que no son exigibles las ritualidades propias de los procesos ordinarios. El numeral 3 del artículo 86 de la Constitución establece que en materia constitucional la prueba puede ser ordenada de oficio por el juez, así como las reglas de inversión de la carga de la prueba cuando el accionado es una institución pública. A nivel legal, la regulación probatoria se define en el artículo 16 de la LOGJCC, en el que se expande los cánones sobre la carga probatoria. Por otro lado, la Constitución, en el artículo 76, consagra el derecho al debido proceso, en el numeral 4 regula limitaciones sobre la validez de la prueba y, en el numeral 7 literal h, se regula como garantía de la defensa la presentación y contradicción de estas. Como se puede notar, tanto la formalidad condicionada como el debido proceso se establecen a nivel constitucional y legal. Por su naturaleza, la formalidad condicionada es un principio procesal encaminado a la realización de la justicia, mientras que el debido proceso es un derecho que propende un trámite adecuado y el equilibrio procesal. La actividad probatoria es un aspecto procesal que, en materia constitucional, se sujeta a la formalidad condicionada como a las garantías del debido proceso. Por lo señalado, la formalidad condicionada no es absoluta e ilimitada, en el aspecto procesal probatorio, puede afectar al derecho al debido proceso. De lo anotado, el problema consiste en que la Constitución y la ley, en materia de garantías jurisdiccionales, son muy abiertas en lo que respecta a la prueba, lo que deja incertidumbre acerca del momento en que esta se presenta, dispone, practica, califica y valora. El problema del ensayo académico se resume en la siguiente pregunta, La formalidad condicionada tiene límites en la actividad probatoria de la acción de protección. Sobre el problema jurídico planteado, la posición de los autores es que la formalidad condicionada tiene como límite el derecho al debido proceso en la actividad probatoria de la acción de protección. El ensayo académico tiene como objetivo general investigar si en la práctica probatoria de la acción de protección la formalidad condicionada tiene como límite las garantías del derecho al debido proceso. Con respecto al objetivo general, cabe plantearse los siguientes objetivos específicos; 1. Describir los aspectos conceptuales de las garantías jurisdiccionales, la acción de protección, formalidad condicionada y prueba en materia de garantías jurisdiccionales. 2. Determinar las regulaciones acerca de las cargas procesales, presentación, disposición, práctica, calificación y valoración de la prueba en la acción de protección. 3. Analizar el alcance del antiformalismo en la actividad probatoria frente a las regulaciones de la prueba en la acción de protección y establecer los límites para la formalidad condicionada. Respecto a la metodología, el ensayo académico es cualitativo. Se emplearán el método dogmático jurídico e interpretativo de la norma constitucional y legal; para este fin, se tomarán en cuenta los principios, métodos y reglas del derecho procesal constitucional. El estudio de literatura especializada y doctrina servirán para describir el marco teórico y conceptual del ensayo académico y para la identificación de las principales posiciones sobre el objeto de estudio. También se incluirá el estudio de jurisprudencia nacional para precisar los problemas procesales relacionados al tema de estudio, como para el desarrollo de argumentos. Este trabajo está estructurado de la siguiente manera; 1 se expondrán las características principales de las garantías jurisdiccionales de protección de los derechos y el antiformalismo; 2 se describirá la actividad probatoria dentro de los procesos de garantías jurisdiccionales y 3 se delimitarán los límites de la formalidad condicionada en la actividad probatoria de la acción de protección.
URI : http://dspace.udla.edu.ec/handle/33000/14458
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Procesal Constitucional

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