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Tipo de material : bachelorThesis
Título : Alcances y límites de los supuestos del Artículo 41 de la Ley de Arbitraje y Mediación y su aplicación a nuevos casos de Arbitraje Internacional
Autor : Dolberg Medina, Ney Andrés
Tutor : Carvajal Gaibor, Jorge Hugo
Palabras clave : ARBITRAJE INTERNACIONAL;SOLUCIÓN DE CONFLICTOS;DERECHO INTERNACIONAL
Fecha de publicación : 2015
Editorial : Quito: Universidad de las Américas, 2015
Citación : Dolberg Medina, N. A. (2015). Alcances y límites de los supuestos del Artículo 41 de la Ley de Arbitraje y Mediación y su aplicación a nuevos casos de Arbitraje Internacional. (Tesis de pregrado). Universidad de las Américas, Quito.
Resumen : La internacionalidad de un arbitraje se determina en función de los criterios o supuestos que una norma dicta, sea de orden nacional o propiamente de orden internacional. En los países en vía de desarrollo, es importante e indispensable contar con una legislación que a más de brindar seguridad jurídica a las personas en general y a los comerciantes e inversionistas en específico, cuente con una serie de criterios o supuestos para determinar un arbitraje como internacional. El artículo 41 de la Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador establece tres supuestos que han sido tomados de la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, por sus siglas CNUDMI, los cuales luego de ser analizados en el presente trabajo de titulación resultan insuficientes; no solo por excluir otros supuestos utilizados en legislaciones de países vecinas para fijar un arbitraje como internacional, sino, por no situar al Ecuador como un país atractivo de arbitrajes internacionales. El presente trabajo pretende analizar y tratar ésta problemática que tiene por objetivo situar al Ecuador como sede atractiva de arbitrajes internacionales.
Descripción : The internationality of an arbitration is measured by the assumptions or criteria given by the law, wherever it is national or international. In countries undeveloped, is important and indispensable to have rules that besides of providing legal security to the citizens in general and, traders and investors in specific, must provide a series of assumptions and criteria to set an arbitration as international. The article 41 of the Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador gives three criteria that has been taken from the UNCITRAL Model Law, which after being analyzed in the present investigation are insufficient. Not only for excluding other assumptions used in legislations of neighbor countries to define an arbitration as an international one, nevertheless, for not setting Ecuador as a country headquarter of international arbitration. The present work analyses and treats this problematic that has as objective to establish Ecuador as an important headquarter of international arbitrations.
URI : http://dspace.udla.edu.ec/handle/33000/4585
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